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Derechos del Consumidor en la República Dominicana

Updated: Jan 7, 2022


La Constitución Dominicana en su artículo 53, establece los derechos del consumidor como derecho fundamental, que implica que toda persona tiene derecho a disponer de bienes y servicios de calidad, a una información objetiva, veraz y oportuna sobre el contenido y las características de los productos y servicios que use o consuma, bajo las previsiones y normas establecidas por la ley. Las personas que resulten lesionadas o perjudicadas por bienes y servicios de mala calidad, tienen derecho a ser compensadas o indemnizadas conforme a la ley.

La Ley No. 358-05 que regula y ofrece protección a los derechos del consumidor o usuario, estableciendo que es función principal del Estado proteger y garantizar efectiva y eficientemente el goce de las prerrogativas constitucionales, con el auxilio de medidas administrativas y disposiciones legales adecuadas, siendo su objeto principal establecer un régimen de defensa de los derechos del consumidor y usuario que garantice la equidad y la seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores, consumidores de bienes y usuarios de servicios, sean de derecho público o privado, nacionales o extranjeros. Es oportuno señalar que las previsiones de esta ley tienen carácter de orden público, con miras a preservar el interés general de la sociedad, y por ende, no pueden ser derogadas por convenciones particulares.

El Estado dominicano ha creado órganos reguladores sectoriales, instrumentos informativos para los usuarios, desarrolladas por el Instituto de Protección de los Derechos del Consumidor (Pro Consumidor), con el objetivo de lograr su empoderamiento en el ejercicio de las garantías conferidas al tenor de nuestra Ley Suprema.


Las garantías esenciales son: la protección a la vida, la salud y seguridad física en el consumo o uso de bienes y servicios; la educación para el consumo y el uso de bienes y servicios; derecho a la libre elección de los productos y servicios que mejor le convengan y, de manera general, a vivir y trabajar en un medio ambiente digno y sano que no afecte su bienestar ni le sea peligroso, así como la potestad de asociarse con otros consumidores para velar por sus derechos, de acceder a los órganos jurisdiccionales que correspondan cuando entienda que sus intereses y derechos son vulnerados, mediante un procedimiento breve y gratuito.




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